jueves, 22 de marzo de 2012

Terraza ruidosa. -- Nulidad de pleno derecho del permiso municipal que la legalizaba.

El Juzgado contencioso administrativo 2 de Tarragona, en la Sentencia 117 de 14 de marzo de 2012 declara la nulidad de pleno derecho del acuerdo del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp (Tarragona) que otorga permiso municipal ambiental para la legalización de una terraza al jardín interior de un Bar. De este modo da la razón íntegramente a la demanda de vecina que vive a la finca del lado, que formuló recurso contra el permiso, dado que viene sufriendo desde hace años los ruidos que el funcionamiento de la terraza provoca.

La terraza funcionó años de manera absolutamente ilegal (ved la contundencia con que así lo declara la Sentencia de 9 de junio de 2009 del mismo juzgado), sin ningún tipo de permiso, hasta que el ayuntamiento - a pesar de todos los problemas que ocasionaba - le otorgó licencia, sin verificar si la terraza cumplía o no los requisitos legalmente exigibles. Pero es que además, con la solicitud de permiso se habían adjuntado unos informes que no eran completos ni se adecuaban a la normativa y se había realizado una medición de ruidos sin ningún rigor técnico que pretendía justificar que la terraza no sobrepasaba los límites exigidos.

Con posterioridad el Ayuntamiento había hecho una medición por los técnicos municipales que acreditaban que la terraza excedía el nivel de ruidos permitido, además se habían constatado otras infracciones.

A pesar de todo, la terraza a estas alturas, continúa en funcionamiento sin que el consistorio lo haya clausurado.

El juzgado concluye que "es evidente que el Ayuntamiento no ha efectuado actos de control suficientes para determinar si la actividad desarrollada en el bar y en la terraza excedía del nivel de ruidos permitido legalmente y que aquellos que se han desarrollado no se ajustaban al rigor técnico exigido".

La Sentencia no es firme, así que quedamos a la espera de si los codemandados interponen o no recurso...

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